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Declaración de Derechos y Deberes de los Periodistas, adoptada por la AIPA


Declaración de Derechos de Periodistas

El respeto total por los periodistas a los deberes expuestos debajo demanda que ellos disfruten, como mínimo, de los siguientes derechos:
1) Libre acceso a todas las fuentes de información y el derecho a investigar, sin impedimentos, cualquier tema que sea de interés público. La confidencialidad pública y privada solo puede ser invocada contra el periodista en circunstancias excepcionales, siempre y cuando existan razones claramente definidas.
2) El derecho a no actuar de cualquier forma o a expresar cualquier opinión que sea contraria a las reglas profesionales o consciencia personal. Como resultado, los periodistas no pueden sufrir ningún prejuicio.
3) El derecho a refutar cualquier directiva o interferencia que sea contraria a las políticas generales de la organización con la cual el/la periodista colabora. Esta política debe ser comunicada, por escrito, a cada profesional antes de ser contratado/a. No puede ser modificada o revocada unilateralmente bajo pena de romper el contrato.
4) El derecho a la transparencia por parte de los propietarios de la compañía para la cual trabaja el periodista. El derecho de los miembros de un equipo editorial a ser informados en tiempo y a escuchar antes cualquier decisión que afecte el futuro de la compañía. En particular, miembros de la nómina editorial deben ser informados y conocer las decisiones finales que determinen la composición o la organización del departamento editorial.
5) El derecho a adecuar y continuar el entrenamiento profesional.
6) El derecho a beneficiarse de las condiciones laborales garantizadas por un acuerdo justo, que incluya el derecho a estar activo en organizaciones profesionales sin sufrir discriminaciones.

Declaración de los Deberes de los periodistas

El periodista que seleccione, edite, interprete y comente informaciones está regido por principios generales de imparcialidad en su tratamiento honesto a las fuentes (las personas con las cuales él/ella conversa) y al público. Los deberes de los periodistas son:
1) Buscar la verdad, en el interés del público de conocer la verdad, sin importar las consecuencias para él/ella
2) Defender la libertad de información, la libertad de comentar y criticar, así como la independencia y dignidad de la profesión periodística
3) No publicar información, documentos, imágenes y sonidos grabados cuyo origen sea desconocido para el periodista. No suprimir información o cualquier elemento esencial de una historia. No malinterpretar textos, documentos, imágenes o sonidos grabados ni las opiniones expresadas por el público. Además, indicar cuando una fotografía o material sonoro haya sido combinado para realizar un montaje.
4) No emplear métodos deshonestos para obtener información, grabaciones, imágenes o documentos. No manipular o dejarse manipular por una tercera parte. Evitar el plagio al no copiar trabajos e ideas de los demás.
5) Rectificar cualquier información publicada que luego se compruebe sea incorrecta.
6) Respetar el derecho al secreto profesional y no revelar la fuente de información que haya sido obtenida de forma confidencial.
7) Respetar la privacidad de las personas en la medida en que el interés público no demande otra cosa. Ignorar las acusaciones anónimas e infundadas.
8) Al respetar la dignidad humana, el periodista debe evitar cualquier discriminación textual, mediante imágenes o sonidos a problemas étnicos, religiosos, de género, de orientación sexual, así como a enfermedades físicas o mentales. Los reportes de guerra, actos de terrorismo, accidentes o catástrofes deben mostrar, en todo momento, respeto a las víctimas.
9) No aceptar regalos ni promesas que puedan limitar la independencia profesional o de opinión.
10) Evitar, como periodistas, cualquier forma de publicidad comercial y nunca aceptar condiciones impuestas por publicistas, tanto de forma directa como indirecta.
11) Recibir instrucciones periodísticas solo por aquellos superiores del consejo editorial y respetar dichas directivas siempre y cuando no entren en conflicto con esta declaración.

Los periodistas, si merecen este título, aceptarán como su deber una adherencia estricta a los principios de esta declaración. Aunque reconozcan las leyes de cada país, ellos solo aceptarán, en asuntos profesionales, el juicio de sus colegas, el Consejo de Prensa o similares, organizaciones legítimas que determinen su ética profesional. Por tanto, ellos rechazan cualquier interferencia del Estado u otra autoridad.

 

By Al firmar esto, atestiguo que siempre cumpliré con los deberes de los periodistas..
He comprendido los derechos de los periodistas y regularmente consultaré las instrucciones relacionadas con la “Declaración de deberes y derechos de los periodistas”, emitida por la AIPA.

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